Cambios en la resolución SLT/1178/2021 del 23 de abril en lo que respecta a la actividad ferial
En la resolución SLT/1178/2021 del 23 de abril hay modificaciones en lo que respecta a la actividad ferial. En el apartado 18, figuran los siguientes cambios:
Se podrán hacer actividades feriales, condicionadas a:
- Informe favorable del Ayuntamiento
- Autorización previa del Comité de Direcció del Pla d’actuació del Procicat
- Que se lleven a cabo en un recinto ferial y la organización de la actividad disponga de un Plan de contingencia y prevención de la covid-19 con medidas que respeten las previstas en el correspondiente Plan sectorial aprobado por el Comité Tècnic del Pla Procicat.
Estas medidas están vigentes hasta el 2 de mayo y esperamos que con esta relajación de las medidas , y las próximas que se produzcan, el sector ferial y todas las empresas adyacentes puedan ir incorporándose a la actividad lo antes posible.
Decret-23-dabril
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